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Ampliación de Plazo para la Presentación Información Exógena

Plazos para presentar la información exógena por el 2020

 La información exógena por el año gravable 2020 se debe presentar en el 2021 en los siguientes plazos fijados por la resolución 000070 de 2019.

Para el caso de las personas jurídicas y naturales, la resolución 000038 del 2021 modificó los plazos señalados en el artículo 45 de la resolución 000070 de 2019, quedando los siguientes:

Últimos dígitos Nit

Fecha

01 a 06

25 de Mayo de 2021

07 a 12

26 de Mayo de 2021

13 a 18

27 de Mayo de 2021

19 a 24

28 de Mayo de 2021

25 a 30

31 de Mayo de 2021

31 a 37

01 de Junio de 2021

38 a 44

02 de Junio de 2021

45 a 51

03 de Junio de 2021

52 a 58

04 de Junio de 2021

59 a 65

08 de Junio de 2021

66 a 72

09 de Junio de 2021

73 a 79

10 de Junio de 2021

80 a 86

11 de Junio de 2021

87 a 93

15 de Junio de 2021

94 a 00

16 de Junio de 2021

 

Es importante tener en cuenta que con los nuevo plazos, para una misma fecha, vencen más Nit, así que es probable que la plataforma de la Dian presente saturación si se deja para última hora la presentación de la información exógena.

Para el caso de los grandes contribuyentes los plazos son los fijados en el artículo 46 de la resolución 000070 de 2019:

Último dígito

Fecha

1

 27 de Abril de 2021

2

28 de Abril de 2021

3

29 de Abril de 2021

4

30 de Abril de 2021

5

03 de Mayo de 2021

6

04 de Mayo de 2021

7

05 de Mayo de 2021

8

06 de Mayo de 2021

9

07 de Mayo de 2021

0

10 de Mayo de 2021

Modificación en la casilla Actividad Económica Secundaria

La Dian ha recibido comunicaciones por parte de los obligados a reportar la información año gravable 2020 correspondiente al Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros – ICA a través del Formato 1481 versión 10 de acuerdo con lo establecido en el numeral 36.3 del artículo 36 de la Resolución 000070 de 2019, donde solicitan levantar la obligatoriedad del diligenciamiento de la casilla “Actividad económica secundaria”, considerando que no todos los contribuyentes tienen registradas o realizan actividades económicas secundarias.

Que de conformidad con lo anterior, la Dian ha considerado que efectivamente no todos los contribuyentes están obligados a realizar actividades económicas secundaria, y se requiere modificar las especificaciones técnicas del formato 1481 versión 10 para levantar la obligatoriedad de diligenciamiento de esa información y permitir el adecuado reporte por parte de los sujetos obligados.

Prevalidador información exógena 2020

En este enlace puede descargar el prevalidador que la Dian ha puesto a disposición de los contribuyentes para generar los archivos xml que se ha de cargar a la plataforma de la Dian por medio de la opción Presentación de Información por Envío de Archivos.


 


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