La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en la actualidad tiene mecanismos alternativos para facilitar y apoyar el cumplimiento de las obligaciones fiscales con el ánimo de brindar alternativas que permitan apoyar la reactivación económica.
Facilidades para el pago
Los contribuyentes que tienen obligaciones fiscales pendientes con la entidad pueden establecer nuevas condiciones de pago y acordar el plazo para ponerse al día. Los acuerdos de pago se otorgarán una vez el contribuyente acredite el cumplimiento de los requisitos que exige el procedimiento legalmente determinado.
Una vez establecida la facilidad para el pago, la Entidad decretará la suspensión del proceso administrativo de cobro y el contribuyente podrá solicitar el levantamiento de las medidas cautelares establecidas antes del otorgamiento de dicha facilidad.
Los contribuyentes interesados en conocer el estado de sus obligaciones frente a la DIAN pueden registrar una cita virtual a través del Servicio de Agendamiento, eligiendo la opción «Información cobranzas«.
Devoluciones automáticas
El procedimiento de devoluciones automáticas reconoce a los contribuyentes de manera ágil los saldos a favor por Impuesto de Renta y de IVA, con la posibilidad de contar con estos dineros en menor tiempo, lo que facilita la disposición de flujo de caja con mayor oportunidad.
Los contribuyentes que no quieran hacerlo de esta forma, podrán optar por no incluir en la solicitud de devolución y/o compensación del impuesto sobre la renta y complementarios, la relación de costos y deducciones establecida.
En este caso, la solicitud de devolución y/o compensación se resolverá dentro del término establecido en los artículos 855 y 860 del Estatuto Tributario según el caso, sin que sea aplicable el parágrafo 5 del artículo 855 del Estatuto Tributario. Es es decir van por el procedimiento normal de 50 días hábiles para la devolución.
Es importante recordar que estas solicitudes deben realizarse a través del Servicio Informático de Devoluciones de la DIAN, en debida forma y con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 963 de 2020.
Régimen Simple de Tributación – RST
Sustituye el Impuesto sobre la Renta e integra otros impuesto nacionales y municipales, disminuyendo de esta manera las cargas formales y facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
RST cuenta con importantes beneficios como mejora en el flujo de caja del empresario, facilidad para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, disminución de costos de contratación de personal, incentivos para la bancarización, entre otros.
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