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Obligaciones tributarias Marzo 2022

Las obligaciones tributarias por vencer en Marzo 2022

En Marzo de 2022 vencerán las siguientes obligaciones tributarias más relevantes, por ejemplo, la declaración mensual Retención en la fuente y plazo especial para agentes retenedores, declaración y pago del IVA bimestral entre otras.

Declaración mensual de retenciones y autorretenciones en la fuente

La declaración y pago de retención en la fuente y/o autorretención del impuesto de renta y complementario, del impuesto de timbre, del IVA se realizarán del 08 al 22 de marzo de 2022 teniendo en cuenta el último dígito del NIT, en el formulario 350, en las fechas señaladas Según el artículo 1.6.1.13.2.33 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1680 de 2020.

Declaración mensual del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM

Conforme al artículo 1.6.1.1.3.2.37 del DUT 1625 de 2016, el 11 de marzo de 2022 vence el plazo para presentar la declaración mensual de los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM –INGA–, usando para ello el formulario 430.

Plazo especial para Agentes Retenedores

A quienes se les autorizo el plazo especial, y que posean mas de 100 sucursales o agencias que practiquen retención en la fuente, que a su vez sean autorretenedores del impuesto sobre la renta podrán presentar declaración y cancelar el valor a pagar hasta marzo 25.

Declaración bimestral del IVA

De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.30 del Decreto 1625 de 2016, entre el 8 y el 22 de marzo de 2022 deberá presentarse la declaración del IVA correspondiente al bimestre enero-febrero de 2022.

Aunque estas declaraciones se pueden presentar sin pago, es importante recordar que si este no se cancela antes de que hayan transcurrido 2 meses desde el día del vencimiento, el contribuyente se expone a la sanción penal contenida en el artículo 402 de la Ley 509 de 2000.

Declaración bimestral del IVA a prestadores  de servicio en el exterior

Para el caso de los prestadores de servicios desde el exterior, la declaración bimestral del IVA deberá presentarse a más tardar el 14 de marzo de 2022 empleando para esto el formulario 325.

 


Fuente: Estatuto Tributario, Dapre Presidencia, Dian, Secretaria Senado, Freepick


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