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Renta AG 2020 para Trabajadores Independientes

De acuerdo  con la nueva versión del articulo 336 del Estatuto Tributario, el cual fue modificado por la ley 2010 de 2019  para efectos de establecer la renta liquida de la cédula general por el año gravable 2020, los trabajadores independientes deberán optar entre restar en su declaración de renta Los costos y gastos asociados a su actividad económica o el 25 % de renta.

 Requisitos de los beneficios en la Declaración de Renta para trabajadores independientes

 

Modificaciones de los beneficios en la Declaración de Renta para trabajadores independientes

Con las modificaciones realizadas por la Ley 2010 de 2019los trabajadores independientes ya no tendrán ambos beneficios y por tanto la renta líquida sobre la cual será calculado el impuesto de renta del año gravable 2020 se verá incrementada.

Mediante la Resolución 000022 de marzo 5 de 2021  la Dian expidió el formulario 210 para la presentación de la declaración de renta de personas naturales del año gravable 2020. El formulario presenta una estructura nueva a la contenida en el anterior formulario 210 correspondiente al período fiscal 2019.

Ahora se diseñó una sección llamada rentas por honorarios y compensaciones de servicios personales sujetos a costos y gastos y no a la renta exenta del numeral 10 del artículo 206 del ET, en la cual deberán ser registrados los ingresos percibidos por trabajadores independientes, que no hayan contratado dos o más trabajadores, que vayan a solicitar los costos y deducciones procedentes y hayan renunciado a la renta exenta del 25 %.

 



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